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¿Cómo se hace una prórroga de un contrato de alquiler?

Publicado el 14 junio, 2021

Son muchas ya las personas que viven en nuestro país a base de contratos de arrendamiento. No todo el mundo puede darse el capricho que supone en la actualidad, comprar una vivienda propia. Por ello, en nuestro país el negocio de arrendamiento de un inmueble, sigue siendo un gran factor fundamental en la economía. Hoy te contamos cómo hacer una prórroga del contrato de alquiler, para que se no se te escape ningún detalle y estés al tanto de todo lo que puedes hacer.

¿Qué es una prórroga del contrato de alquiler?

Como su propio significado indica, una prórroga de un contrato consiste en alargar el mismo, por un tiempo determinado previamente acordado entre inquilino y casero. Una vez que el contrato de arrendamiento ha llegado a su fin, se establece un acuerdo entre arrendador y arrendatario para ver qué se puede hacer con el inmueble y las opciones que nos permite la ley.

Por norma general, en un contrato frente al que no se dice nada en los meses previos a la finalización del mismo, se automatiza una prórroga de un año más en dicho contrato. Esto era así hasta la última reforma de la LAU (Ley de arrendamientos urbanos), en la que se establece que dicha prórroga se aumenta de 1 a 3 años. Gagnez de nouveaux muscles en utilisant l’entraînement de musculation naturel 5×5 tadalista nouvelles shopping: pantalons de fitness pour hommes de luxe automne musculation jogging pantalon d’entraînement sport en coton respirant. Esto tendrá vigor en todos los contratos que hayan sido firmados a partir de la fecha de 06/03/2019.

prórroga en los contratos de alquiler o arrendamiento¿Cuánto dura esta prórroga?

Lo primero que debemos tener en cuenta con respecto al contrato de arrendamiento y su prórroga es que el factor dominante es el libre acuerdo de contrato entre arrendador y arrendatario. Pero, aunque no hay una fecha máxima o un plazo determinado por la ley, las limitaciones que surgen nos presentan dos tipos de prórroga: Obligatoria y necesaria

Prórroga obligatoria

En los contratos inferiores a 3 años de duración, esta prórroga es obligatoria para el arrendador o casero. En este caso el casero está obligado a mantener el contrato durante 3 años, sin poder recuperar la vivienda a no ser que demuestre que hay una necesidad de recuperación de la misma.

Por ejemplo, si la duración del contrato es de 1 año, el inquilino puede prorrogarlo hasta llegar a los 3 años en caso de que el contrato sea anterior al 6 de marzo de 2019. Si es posterior, la prórroga puede durar hasta 5 años.

En contraposición a esto, el inquilino puede abandonar el contrato una vez cumplidos los 6 primeros meses del mismo, pues no tiene las mismas obligaciones que el dueño del inmueble.

Prórroga tácita, o prórroga necesaria

En el caso de haber cumplido los 3 años de duración, y si ninguna de las dos partes ha comunicado previamente la no continuidad del mismo, se realiza automáticamente una prórroga de 1 año para contratos firmados antes del 06/03/2019, y de 3 años en los posteriores.

Esta prórroga se diferencia de la anterior debido a libertad de decisión de la misma. Es decir, en este tipo de prórroga el casero no está obligado a dejar al inquilino permanecer en la vivienda. Una vez cumplida la obligatoria, puede finalizar con el contrato si el dueño así lo desea.

El contrato finaliza

En resumen, podemos decir, que la prorrogación del contrato es obligatoria para el casero hasta los 3 primeros años de cumplimiento, o 5 si es un contrato hecho después del 6 de marzo de 2019. En cambio, una vez cumplido este plazo obligatorio, el arrendador puede manifestar la no continuidad del contrato, y de esta manera el arrendatario estaría obligado a irse del inmueble.

El objetivo de esta ley es dotar al inquilino de cierta seguridad y estabilidad con respecto a la vivienda. Y sirve también para regular el negocio de los contratos de arrendamiento o alquiler y la no especulación dentro de este campo.

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