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¿Cuándo no se devuelve la fianza de alquiler?

Publicado el 7 noviembre, 2023
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La fianza de alquiler es una obligación que se encuentra recogida en la Ley de Arrendamientos Urbanos. Los inquilinos de una vivienda deben entregarla al propietario a manera de garantía. Como arrendatario de un inmueble, debes saber que, aunque la fianza suele devolverse al terminar el contrato, existen algunos casos en los que este importe se retiene.

Retención de la fianza de alquiler: Todo lo que necesitas saber

La fianza es obligatoria, pues sirve a modo de garantía en caso de que haya que subsanar desperfectos en la vivienda. Este importe, que no puede ser superior a un mes de alquiler, debe entregarse al arrendador al momento de la firma del contrato. Generalmente, se entrega en metálico y, además, el propietario tiene la obligación de depositarlo ante las autoridades correspondientes.

Aunque la fianza de alquiler suele devolverse al concluir el arrendamiento, es necesario recalcar que no todas las veces se devuelve este importe y que, en ocasiones, se retiene parcialmente. ¿Cuándo puede el casero no hacer la devolución de la fianza?

Incumplimiento de contrato

El motivo más lógico por el que no se devuelve la fianza de alquiler es por haber incumplido el contrato. Ten en cuenta que en este documento se recogen todas las cláusulas pertinentes y condiciones que deben regir el alquiler. Cuando hablamos de incumplimiento de contrato en este apartado, nos referimos a no cumplir el plazo del acuerdo, es decir, marchar antes de tiempo.

¿Cuándo no se devuelve la fianza de alquiler?

Para poder irte del piso y recuperar la fianza, deben haber transcurrido seis meses desde la firma del documento. Además, de querer marchar, deberás avisar al casero con un mes de antelación y, por supuesto, estar al corriente del pago de todas las obligaciones. Si marchas antes de los seis meses, el propietario no solo retiene la fianza, sino que es posible que tengas que indemnizarle.

Impago del alquiler y las facturas

No pagar la renta mensual también es uno de los motivos para retener la fianza. Recordemos que la fianza es el equivalente a un mes de alquiler, por lo que el casero está en su derecho de retenerla si se produce el impago. Como propietario de una vivienda, te decimos que debes tener mucho cuidado con las situaciones de impago. Si el inquilino se atrasa más de un mes, deberá regularizar su situación cuanto antes para que la deuda no crezca y evitar así un juicio por desahucio.

Por otra parte, terminado el arrendamiento, si quedan facturas por pagar (electricidad, agua y otros servicios incluidos), el arrendador puede retener la fianza de alquiler y subsanar el pago de estas facturas. También cabe destacar que, al momento de celebrar el arrendamiento, el inquilino debe poner todos los servicios a su nombre, pues, en caso de impago, la deuda recae sobre él y no sobre el inmueble.

Reformas y obras sin autorización

El contrato de alquiler, como ya adelantamos, establece todas las condiciones del arrendamiento. La gran mayoría de propietarios incluye la imposibilidad de hacer obras y reformas en la vivienda. Es muy importante, en caso de querer hacer modificaciones, contar con la expresa autorización del casero. De lo contrario, puede retener la fianza.

Desperfectos en la vivienda y otros motivos para retener la fianza de alquiler

El inquilino tiene la obligación de restituir la vivienda al casero en las mismas condiciones en las que la encontró, sin tener en cuenta el deterioro natural por el paso del tiempo. Si la vivienda se encuentra en malas condiciones, hay que hacer reparaciones y arreglar desperfectos, el casero puede no devolver la fianza o garantía.

Por otra parte, aunque el arrendador tiene la obligación de hacer que la vivienda se encuentre en condiciones de habitabilidad, hay algunos desperfectos que no tiene que reparar. Por ejemplo, si la televisión se estropea, el arrendatario tiene que responder por ella. Como inquilino, también te decimos que entregues la vivienda no solo en perfecto estado, casi como la encontraste, sino limpia. ¿Por qué? La suciedad también acarrea desperfectos y el arrendador puede retener parte la fianza para contratar un servicio de limpieza.

Por último, no podemos dejar de hablar del subarrendamiento. Se trata de una condición especial que también se trataría de un incumplimiento de contrato. La gran mayoría de los contratos de alquiler incluyen una cláusula relativa al subarriendo, es decir, alquilar la vivienda parcialmente a otra persona. Si por ejemplo, quieres alquilar una habitación para sufragar los gastos, deberás consultar primero al arrendador antes de alquilar a una tercera persona.

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